NO NOS HAS PREGUNTADO, PERO CONTESTAMOS

14 de mayo de 2021

NO NOS HAS PREGUNTADO, PERO RESPONDEMOS: sí, la contraseguridad en los casos civiles ahora es obligatoria en Letonia.
De conformidad con las recientes enmiendas a la Ley de Procedimiento Civil de Letonia, la prestación de una contragarantía por parte del demandante que solicita la garantía de su reclamación en cuanto al fondo se ha vuelto obligatoria.
Como ya sabrá, en cualquier etapa del procedimiento civil el demandante puede solicitar garantía de su reclamación sobre el fondo si es probable que la ejecución de la sentencia se vuelva difícil o imposible.
Como quizás aún no lo sepas (pero con nuestra ayuda ahora lo sabes😉) que a partir del 20 de abril de 2021, si solicitas asegurar tu reclamo mediante
a) embargo de bienes muebles o dinero en efectivo del demandado,
b) inscripción de la marca de prohibición en un registro de propiedad mueble pertinente u otro registro público,
c) arresto de buques,
d) embargo de los pagos adeudados por otras personas, incluidos los fondos en cuentas en bancos y otras instituciones financieras,
el juez le exigirá que proporcione una contragarantía por un monto del 5% del monto del reclamo.
Que no cunda el pánico, la contraseguridad debe pagarse a la cuenta bancaria del alguacil judicial jurado, no a la cuenta bancaria del acusado.
No se relaje, el juez tiene la libertad de aumentar el monto de la contragarantía pagadera a su discreción del 5% al ​​20% como máximo.
Buenas noticias: el juez tiene derecho a eximirlo del pago de la contragarantía si, de acuerdo con las circunstancias del caso, la contragarantía no es justa o no es comparable con su situación financiera.
Este artículo fue preparado por Jūlija Kazmina.
Contactos:
Marine Legal Services SIA
T.+371 67 830 870

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