
Responsabilidad de los armadores aumentada por el Protocolo Llmc de 1996
16 de junio de 2015
La semana pasada, la comunidad naviera recibió información de la OMI de que los límites de responsabilidad por reclamaciones marítimas aumentaron a partir del 8º de junio de 2015. Esta no es una regulación inesperada, ya que los límites en el Convenio sobre limitación de responsabilidad por reclamaciones marítimas de 1976 (Protocolo LLMC de 1996) fueron planteados y adoptados en 2012 por el Comité Jurídico de la OMI.
La razón original de la convención sobre limitación de responsabilidad era proteger a los propietarios de buques y sus aseguradores haciendo un equilibrio entre los reclamantes exitosos y los propietarios de buques. Los primeros límites eran de alto nivel, por lo que los demandantes podían recibir una compensación razonable y, al mismo tiempo, se podía asegurar la responsabilidad del propietario del buque. Esto apoyó a la industria en su conjunto y el número de barcos aumentó.
Para refrescar nuestra memoria veamos para quién es importante:
Propietario, administrador u operador. El Convenio no ha dado derecho a limitarlo al acreedor hipotecario o al reparador de buques, a menos que se hagan cargo de la gestión y explotación del buque. Cabe señalar que el término “gerente” implica únicamente la dirección técnica, no el agente de tripulación.
Fletador. Es importante señalar que el Convenio permite al fletador limitar su responsabilidad sólo cuando actúa como propietario (El mar Egeo [1998] 2 Lloyd`s Rep 39). Sin embargo, siempre se debe hacer referencia al artículo 2 del Convenio ya que los derechos a limitar siempre dependerán del tipo de reclamación (El CMA Yakarta [2004] 1 Lloyd`s Rep 460 (CA)).
Salvor. Incluidos los sirvientes del salvador.
Cualquier persona de cuyo acto, negligencia o incumplimiento sea responsable el armador o salvador. Personas que pueden ser demandadas por separado del propietario del buque, p. estibadores, aunque deberán acreditar que fueron contratados por el armador o el fletador.
El asegurador de responsabilidad. Cuando se trata de que el asegurador sea demandado por quien sufrió un daño.
A continuación puede encontrar cómo se modifica la limitación de responsabilidad por el Protocolo 1996:
